infoRETAIL.- El Parlamento Europeo ha aprobado el uso exclusivo de la denominación ‘sangría’ para identificar la bebida producida en España y Portugal. En el resto de Estados miembros el término ‘sangría’ sólo se podrá utilizar como complemento de la denominación “bebida aromatizada a base de vino”, seguida obligatoriamente del país de procedencia. 

Los diputados han aprobado por 609 votos a favor, 72 en contra y 4 abstenciones la propuesta, incluida en la nueva normativa sobre el etiquetado y la protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados. 

La legislación, sobre la que ya había un acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo -países de la Unión-, defiende que se puedan aplicar “disposiciones particulares” en el caso de los productos tradicionales, como la sangría. 

La medida tiene por objetivo proteger el término sangría, originario de España y Portugal, y circunscribir su uso en otros Estados miembros a la información complementaria o facultativa del producto.  Los Estados miembros tendrán un plazo de un año para aplicar la nueva norma, que también circunscribe a España el uso de la denominación ‘clarea’.