Aceite de palma y Trapa

infoRETAIL.- Autocontrol ha dado la razón a la Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible en su queja contra la publicidad de Trapa. Concretamente, la reclamación estaba dirigida hacia la campaña publicitaria ‘Compromiso: Sin aceite de Palma’, lanzada el pasado mes de noviembre.

El dictamen de Autocontrol afirma que el mensaje que se transmite en la publicidad de Trapa es incompatible con las normas 2, 14 y 21 de su Código de Conducta Publicitaria y califica la publicidad llevada a cabo por Chocolates Trapa como “engañosa”, “denigratoria” e “incompatible con la norma 2 del Código de Autocontrol”, que recoge el principio de legalidad.

Al no ser Chocolates Trapa una empresa socia de Autocontrol, el presente dictamen constituye una opinión no vinculante, sobre la corrección ética y deontológica de la campaña publicitaria en cuestión, emitida por expertos en la materia.

Autocontrol considera  la publicidad llevada a cabo por Chocolates Trapa como “engañosa”, “denigratoria”

En concreto, el jurado afirma que la publicidad presenta el aceite de palma como responsable principal y casi exclusivo de la deforestación, mediante afirmaciones “categóricas y sin matices”. Sin embargo, señala que en el informe en el que se fundamenta se hace constar que existen otros tipos de cultivo con un efecto igualmente negativo para la biodiversidad, no siendo un problema originado exclusivamente por el aceite de palma. “No resulta claro, a la luz del informe, que la eliminación del aceite de palma suponga una solución al problema de la deforestación”, dice el dictamen de Autocontrol.

Por otro lado, se califica de “engañosa” a la campaña” al calificar como bosque primario la ubicación donde Chocolates Trapa manifiesta haber tomado la fotografía ya que, atendiendo a las coordenadas que figuran en la propia publicidad, en realidad no se corresponde con un bosque primario. Respecto a la sostenibilidad de este ingrediente alimentario, “la publicidad resultaría incompatible con el principio de veracidad porque traslada de forma genérica y rotunda un mensaje según el cual el aceite de palma provoca en todo caso deforestación”.

“La alegación incluida en la publicidad transmite al consumidor que los sustitutivos del aceite de palma, en este caso el aceite de girasol y la manteca de cacao, tienen efectos beneficiosos en relación con la salud en general”, destaca el dictamen, señalando que “se considera que la publicidad resulta apta para menoscabar o dañar el crédito en el mercado del aceite de palma”.

Sin embargo, el escrito explica que la mayor parte de los dictámenes que emiten son cumplidos de forma voluntaria incluso por aquellas empresas que no tienen la condición de asociadas al sistema. Según se explicam, tratan de dictámenes que gozan de reconocida fuerza moral derivada “del acreditado y reconocido prestigio de los miembros del jurado, y del respaldo legal otorgado”.