Regulación del origen de la leche y lácteos

infoRETAIL.- El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), un real decreto por el que se establece la obligatoriedad de incluir la indicación de origen en el etiquetado de la leche y los productos lácteos.

Con esta medida, el etiquetado de la leche y los productos lácteos elaborados en España deberán identificar el 'país de ordeño' y el de 'transformación' de la leche utilizada como materia prima, intentando dar respuesta, según se afirma desde el Gobierno, a las demandas de transparencia e información veraz del consumidor actual.

La portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, señala que con esta medida se escucha la demanda del 88% de los consumidores, quienes estiman necesario leer de forma clara y fiable la etiqueta de la leche y los productos lácteos.

De esta manera, cuando el país de ordeño o de transformación sea exclusivamente España, siempre deberá indicarse 'España' y no se podrá sustituir por la expresión 'UE'. Sin embargo, cuando la leche no sea exclusivamente española, tendrá que indicarse 'País de ordeño' y 'País de transformación', seguidas del nombre de los Estados Miembros (EEMM), o 'UE', 'fuera de la UE', 'UE y fuera de la UE'.

De esta forma, la etiqueta de estos productos distinguirá claramente la leche que ha sido ordeñada y transformada en España. Es la primera vez que se regula en España el etiquetado de origen obligatorio de un producto alimenticio por iniciativa propia, sin que constituya un mandato de la normativa europea. La norma afecta a productos como leche, nata, mantequilla, yogur y kéfir.

La obligatoriedad de inclusión del origen en el etiquetado lácteo, que estará en vigor durante un periodo de dos años, comenzará a aplicarse a partir de los cuatro meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.