Hurtos en comercio

infoRETAIL.- Aecoc celebra que la reforma del artículo 234 del Código Penal recupere la multirreincidencia como delito agravado para los casos de delitos leves de hurto, que había quedado sin efecto a raíz de la Sentencia 481/2017 del Tribunal Supremo. 

La reforma aprobada recoge las reclamaciones del comercio y castigará con penas de prisión de seis a 18 meses a los multirreincidentes con más de tres sanciones de delitos leves de hurto, si el importe conjunto supera los 400 euros. 

En opinión de Aecoc, se trata de “una medida esencial para luchar contra el hurto profesional, que representa el 80% de los hechos delictivos de hurto que se producen en el comercio y que se caracteriza por su multirreincidencia”. Además, para la asociación “es una herramienta claramente disuasoria, como lo demuestra el hecho de que, antes de la sentencia del Tribunal Supremo de 2017, el castigo de la multirreincidencia como delito agravado produjo una caída del 20% en los delitos comerciales”.

“Las modificaciones recogidas en la reforma aprobada atienden a las demandas trasladadas por Aecoc y el resto de asociaciones empresariales y comerciales, como ACES, Anged, Asedas, CEOE o Foment, a la administración, que ha sido sensible con la necesidad de luchar contra la multirreincidencia”, detallan.

Pese a esto, la asociación recuerda que el límite de 400 euros deja fuera una parte de la multirreincidencia, ya que el 90% de los hurtos comerciales que se producen son de un valor inferior a 90 euros. Además, Aecoc considera que se ha perdido una oportunidad para introducir la multirreincidencia en los delitos de fraude. En el primer semestre de 2022, los delitos de hurto han crecido un 51% y ya son un 5,6% superiores a los registrados justo antes de la pandemia.