Ofensiva de eBay en tiendas físicas

infoRETAIL.- El plan de poner un tope a los precios del gran consumo anunciado por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, sigue cosechando críticas. La última procede de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que recuerda que “la regulación pública de precios o de acuerdos sobre precios tiene normalmente efectos contraproducentes”.

En declaraciones recogidas por infoRETAIL, el organismo regulador asegura que un acuerdo para la fijación de precios máximos, aunque muy puntualmente pueda suponer la contención de precios de algunos productos en el muy corto plazo, de hecho, determina un estándar o baremo de fijación de precios lo que, eventualmente, desemboca en precios más altos, menos innovación, menor inversión y una alteración negativa de la estructura competitiva del mercado.

“Se produce una merma en la competencia en precios por parte de las empresas, que normalmente ofertarán por ese precio máximo, y no otros por debajo del tope”, explican desde la CNMC.

La entidad también alerta de los efectos que podría causar la medida en el pequeño y mediano comercio: “Incluso, en determinados contextos económicos similares al actual, la imposibilidad de los pequeños y medianos operadores de seguir este tipo de medidas puede acarrear un fortalecimiento de los grandes operadores del mercado en detrimento del resto, con efectos negativos a largo plazo en los consumidores”. 

En su opinión, las grandes distribuidoras, por su mayor músculo financiero, poder de negociación y diversificación del negocio, podrían estar en situación de afrontar las ventas a pérdida que podrían implicar los topes acordados o impuestos con más facilidad frente a las pequeñas distribuidoras que tienen desventaja, en un contexto como el actual de elevados costes de producción, y que podrían acabar desapareciendo. “Se elimina, por tanto, la competencia, hecho que siempre perjudica a los consumidores”, añade la CNMC.

Contrario a la ley nacional y comunitaria
Pero más allá de las consecuencias de la medida, el propio organismo ha reiterado su ilegalidad al recordar que tanto la Ley de Defensa de la Competencia como el Tratado de Funcionamiento de la UE prohíben expresamente los acuerdos o recomendaciones de fijación de precios u otras condiciones comerciales, que restrinjan o falseen la competencia. 

“La fijación entre operadores de precios máximos, incluso bajo el auspicio de autoridades públicas, es un acuerdo de precios de los prohibidos por el artículo 1 de la LDC y el 101 del TFUE, que la CNMC tiene la obligación de vigilar y, en su caso, sancionar”, añade. 

No obstante, la entidad afirma que la LDC permite al amparo de una norma con rango de ley que determinados acuerdos queden excluidos de las prohibiciones de la LDC cuando concurren circunstancias excepcionales por razones de interés general. En el caso de la normativa comunitaria, este amparo legal solo es posible si la norma con rango legal impone la restricción de la competencia. 

“La CNMC aconseja valorar cautelosamente los efectos de toda intervención pública en materia de precios y vigilará y sancionará cualquier concertación que puedan pactar las empresas de distribución”, advierte.

Este pronunciamiento contrario a la iniciativa de la ministra se suma a otras críticas recibidas durante la semana pasada, como los de la Confederación Española de Comercio (CEC) o los de otros miembros del Gobierno, como el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), Luis Planas, o la ministra de Defensa, Margarita Robles.