Instalaciones de El Corte Inglés

infoRETAIL.- Las propuestas de El Corte Inglés y los sindicatos están bastante alejadas en lo que a indemnizaciones por extinción de contratos se refiere, en el marco del proceso de reestructuración que ha iniciado la compañía de grandes almacenes. Según la Comisión Negociadora, el retailer propone indemnizaciones de 25 días por año trabajado para las bajas voluntarias, con un límite de 15 mensualidades.

Sin embargo, CCOO, Fasga, Fetico y UGT reclaman indemnizaciones de 36 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, tanto para el personal que adscriba al proceso de forma voluntaria como de manera forzosa.

Asimismo, la compañía presidida por Marta Álvarez propone que sólo puedan acogerse al proceso de voluntariedad el colectivo de las áreas y centros que sufran los procesos de reorganización, mientras que los sindicatos demandan que haya una preferencia de adscripción voluntaria de todo el personal de El Corte Inglés, independientemente de su área o centro.

El Corte Inglés propone indemnizaciones de 25 días por año trabajado para las bajas voluntarias, con un límite de 15 mensualidades

Desde la dirección de la compañía también planean establecer el plazo de un mes desde que se cierre el acuerdo para que los trabajadores puedan solicitar la adhesión voluntaria al mismo. Asimismo, la empresa tendrá también un mes para responder a dicha solicitud.

Finalmente, El Corte Inglés también propone que, en caso de cubrirse el cupo de plantilla de forma voluntaria, se inicie un proceso forzoso a la cantidad de 20 días con 12 mensualidades. En este caso, las organizaciones sindicales reclaman que el colectivo afectado esté en cantidades inferiores a 3.000 personas.

CCOO, Fasga, Fetico y UGT, que han tildado las condiciones de la compañía de “ridículas y fuera de mercado”, no han aceptado la propuesta por considerarla “baja y alejada de la realidad de las negociaciones del artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores”.

Así, los sindicatos han manifestado al retailer que “el proceso voluntario no es justificación para convertirlo en una negociación de menor cantidad indemnizatoria para las personas trabajadores, dado que de no ser suficientemente atractivo, se apuntaría poca plantilla a dicho proceso, llevando, desgraciadamente, a procesos forzosos posteriores”.