Damm, denunciada por publicidad engañosa

infoRETAIL.- Damm ha sido denunciada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ante la Agencia Catalana de Consumo por publicidad engañosa. En concreto, la entidad asegura que ha detectado que el grupo catalán comercializa una de sus cervezas con limón, concretamente Damm Lemon, con información que puede ser engañosa y por tanto confusa para los consumidores.

OCU explica que en el etiquetado frontal de este producto se publicita que se elabora con seis partes de cerveza y cuatro de limón, incluyendo un gráfico representativo de esas proporciones. “Sin embargo, en la lista de ingredientes, esas cuatro partes de limón son realmente zumo de limón a partir de concentrado con un contenido de limón del 0,4%, además de otras sustancias”, advierte.

De esta forma, la organización de consumidores señala que esa cuarta parte o ese 40% no corresponde a limón (o su zumo), sino que es un 40% de bebida refrescante de extractos, entre cuyos ingredientes aparece un 0,4% de zumo de limón a partir de concentrado.

En caso de confirmarse la infracción, Damm se expone a una sanción que oscila entre 150 euros y 10.000 euros

A ello se suma que el fabricante cervecero indica que Damm Lemon tiene un “toque de lima”, cuando este cítrico ni siquiera aparece en la lista de ingredientes.

“La información que aparece en su página web, tampoco es correcta”, agregan desde la OCU.

El Reglamento europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor establece expresamente que la información sobre las características de un alimento y, en particular, sobre la naturaleza, identidad, cualidades o composición, no debe inducir a error al consumidor.

Del mismo modo, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, entiende que el etiquetado y presentación de los bienes y servicios y las modalidades de realizarlo deberán ser de tal naturaleza que no induzca a error al consumidor y usuario, pudiendo recibir, en caso de confirmarse por la Agencia Catalana de Consumo la infracción, una sanción que oscila entre 150 euros y 10.000 euros.