infoRETAIL.- La demanda interpuesta por Kaiku contra Clesa por competencia desleal ha sido desestimada por el juzgado número dos de lo mercantil de Pontevedra.

Kaiku reclamaba que los envases de productos sin lactosa 0% de Clesa -lanzados al mercado en 2016- presentaban “una apariencia prácticamente idéntica” a los de su gama, que se comercializaban desde 2013.

De este modo, la demandante reclamaba una indemnización por daños y perjuicios al considerar que eran “confundibles” y que buscaba aprovecharse de la reputación de su marca.

Sin embargo, la Sala indica que “del examen de los elementos esenciales y diferenciadores de cada uno de los envases reproducidos cabe concluir que no existe riesgo de confusión” recogida en la Ley de Competencia Desleal.

El fallo de la jueza, que no es firme y contra el que cabe recurso, señala que Clesa mantiene para esta gama un estilo que “le es propio” en “el diseño de los envases en los que comercializa sus yogures y postres lácteos” por lo que niega que exista una “supuesta huida” por parte de esta marca en su identidad para aprovecharse de la reputación de Kaiku.

Respecto al uso en ambos casos de los colores morado y blanco, la sentencia se remite a lo expuesto por uno de los peritos en el juicio sobre “la vulgarización del color morado para identificar en el mercado los productos sin lactosa” por diversas marcas.

Destaca que “el contraste de las imágenes de la parte superior de los packs de Clesa y de Kaiku permite constatar a simple vista que la disposición de los colores combinados no es la misma”, pues en el envase de Clesa “existe una onda vertical (corporativa) que separa el morado del color blanco (en el yogur natural) y de la imagen de las fresas (en el yogur de este sabor)”. Además, se remite al logo perfectamente visible diferenciado de cada marca.