infoRETAIL.- El Gobierno interpondrá un recurso de inconstitucionalidad contra la ley catalana de horarios comerciales al considerar que vulnera la legislación estatal al establecer un régimen “más restrictivo” para la libertad comercial, tal y como lo ha acordado el Consejo de Ministros.

El Gobierno cuenta con informe favorable del Consejo de Estado y solicita al alto tribunal que suspenda la aplicación de la norma mientras resuelve el recurso.

“La regulación de la Generalitat vulnera la legislación estatal dictada en la materia al establecer un régimen más restrictivo para la libertad comercial que el contemplado en la normativa básica estatal aplicable en todo el territorio nacional en los siguientes aspectos”, indica el Gobierno.

Según ha explicado el Ejecutivo, la Generalitat tiene competencia para dictar la normativa autonómica relativa a horarios comerciales y, en general, para la ordenación de su comercio interior, pero debe tener en cuenta los “límites” establecidos en el artículo 149 de la Constitución, que concede al Estado la competencia para dictar normativa básica en la materia.

En primer lugar, el máximo horario semanal de apertura comercial que establece la Generalitat de Catalunya es de 72 horas, por lo que contraviene la regulación estatal que establece que dicha limitación tiene que ser como mínimo de 90.

Tamaño de las tiendas
Dispone la Ley de Catalunya la exclusión del horario comercial general de los establecimientos comerciales de venta personalizada o en régimen de autoservicio, siempre que la superficie de exposición y venta de éstos no supere los 150 metros cuadrados.

“Esta disposición va contra lo establecido por la legislación básica, que define los establecimientos que gozarán de plena libertad horaria a los que tengan una superficie inferior a 300 metros cuadrados”, argumenta el Gobierno.

Asimismo, el Ejecutivo añade que los criterios para la consideración de municipio turístico que establece la normativa autonómica “no cumplen los mínimos que reconoce la normativa básica sobre zonas de gran afluencia turística”.

A ello se suma que los períodos estacionales para la venta en rebajas que dispone la Generalitat “tampoco respetan la regulación básica, que establece la libertad de los comerciantes para determinar tanto los periodos en los que se efectuará la venta en rebajas, como su duración”.